Reglamentaron las fumigaciones

De acuerdo a dicha norma, firmada por el Gobernador Gustavo Bordet y el Ministro de Economía Hugo Ballay, se prohíben las fumigaciones terrestres a menos de 100 metros de los límites de las escuelas, y únicamente fuera del horario escolar.

Del mismo modo, el decreto prohíbe las aplicaciones aéreas a una distancia menor a 500 metros de los límites de los establecimientos educativos, también fuera del horario escolar.

Más allá de éstas distancias, el decreto establece que deberán extremarse las medidas de seguridad a fin de evitar daños por deriva o deficiente aplicación, contemplando, especialmente, las condiciones ambientales que establecen las Buenas Prácticas Agrícolas a las que adhiere la Secretaría de Gobierno de Agroindustria del Ministerio de Producción y Trabajo de la Nación.

Gualeguay21

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