Este beneficio tiene carácter obligatorio e incorpora de pleno derecho en forma automática y desde la primera liquidación de haberes al personal activo, pasivo y con estabilidad reconocida de los tres poderes del Estado Provincial. Por otro lado, el personal sin estabilidad reconocida podrá ingresar al SISER de forma voluntaria. En caso de observar el descuento en recibo de haberes y no haber solicitado el alta del beneficio, podrá requerir la baja correspondiente.
Cabe señalar que el sistema se financia con un aporte personal del tres por mil del total nominal de los haberes mensuales, estando facultado el Poder Ejecutivo Provincial para modificar por Decreto ese cálculo hasta un máximo de cinco por mil. Dicha novedad en el descuento directo, bajo el código 510, se implementará a partir de los haberes de este mes, febrero 2023. Atento la modificación de la forma de cálculo del aporte, el mismo se verá incrementado.
Por último, vale agregar que las pólizas vigentes en el marco de la anterior Ley 3.011 son plenamente válidas y no se requiere su actualización salvo por cambio de beneficiarios. Para ello se continuará utilizando el formulario actual, hasta nueva reglamentación del Poder Ejecutivo Provincial.
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