El Senado aprobará cambios a la coparticipación

El texto, al que accedió Recintonet y que vino de la Cámara Baja, plantea que el artículo 4º dispondrá: “A los efectos de realizar la distribución de los fondos conforme el Régimen de Coparticipación de la Ley Nacional Nro. 23.548 y modificatorias, la Contaduría General de la Provincia computará diariamente los ingresos por tales conceptos informados por la Tesorería General de la Provincia. Con la liquidación elaborada en virtud de lo precedente, la Tesorería General de la Provincia transferirá el día hábil siguiente a las cuentas bancarias que los Municipios indiquen”.

 

Asimismo, propone modificar el Artículo 4º de la Ley Nª 9.638: “La Contaduría General de la Provincia liquidará diariamente y en forma provisoria la participación del Impuesto a los Ingresos Brutos (Contribuyentes Directos y Contribuyentes de Convenio Multilateral) sobre la base de los ingresos comunicados por la Tesorería General de la Provincia. Con la liquidación elaborada en virtud de lo precedente, la Tesorería General de la Provincia transferirá el día hábil siguiente a las cuentas bancarias que los Municipios indiquen.

 

La Dirección General de Rentas confeccionará un informe mensual definitivo, que remitirá a Contaduría General, organismo que efectuará los ajustes que pudiera corresponder en las participaciones a los Municipios”.La Comisión se volverá a reunir el próximo 1º de agosto.

 

Fuente: RecintoNet

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