La semana pasada, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, con el voto unánime de sus tres integrantes, confirmó el veredicto de no culpabilidad al que había arribado el jurado por unanimidad en Gualeguay en el caso de Juan Antonio Álvarez. De ese modo, terminó de caerse el ardid confabulado por la Justicia local para encubrir al verdadero autor de una violación en el Viejo Matadero, por la cual el falsamente acusado, a sabiendas de su inocencia, paso casi un año preso en la Unidad Penal 9. El caso fue expuesto en el libro Justicia Corrupta.
En términos técnicos, en esta última y definitiva sentencia se revocó el fallo de la Cámara de Casación de Paraná que había declarado inconstitucional el artículo 89 de la ley de juicio por jurados, que le prohíbe al fiscal y al querellante recurrir la absolución del veredicto absolutorio del jurado. De este modo, el STJER ratificó por segunda vez la extraordinaria doctrina legal que establece que el veredicto de absolución del jurado es inapelable.
Cabe recordar que Álvarez fue acusado de abusar sexualmente de su sobrina de seis años en reiteradas oportunidades. En el juicio, las pruebas demostraron no solo que era inocente, sino que se sabía eso desde un principio, y que las mismas apuntaban a otra persona, y el jurado lo declaró no culpable por el voto unánime de sus doce integrantes.
A pesar de las evidencias, el controvertido juez Dardo Tórtul le concedió el recurso de casación a la fiscalía y la querella, dilatando no solo la libertad total de Álvarez, sino, también, dilatando el inicio de la investigación del verdadero culpable. Ahora bien, la estrategia obtuvo tiempo y el culpable al que apuntaban las pruebas ya no está en Gualeguay.
Por último, vale destacar el desempeño del Dr José Ostolaza, de Concepción del Uruguay, quien recordó ante Casación que la irrecurribilidad de los veredictos absolutorios es esencial en el juicio por jurados, y que permitir una revisión vulneraría el principio constitucional del “ne bis in idem” (sancionar a una persona dos veces por el mismo hecho).
Conclusión: Sin dudas, elegir la mitad conveniente de la biblioteca legal no siempre sirve para consumar injusticias, y, ahora, Tórtul y compañía deberán cumplir buscando al verdadero culpable y hacer justicia, pues para eso les pagamos.
Norman Robson para Gualeguay21


















