Además, el Departamento Ejecutivo deberá realizar una amplia campaña de concientización respecto de esta medida, y las Estaciones de Servicio deberán colocar carteles, provistos por el municipio, en los surtidores con la leyenda “SIN CASCO NO HAY NAFTA”; y el número de Ordenanza correspondiente.
Por su parte, el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Subsecretaría de Transporte y Tránsito, o el organismo que la reemplace en el futuro, arbitrará las medidas necesarias a los fines de hacer efectivo el cumplimiento de la ordenanza; mientras que por otra parte deberá establecer las sanciones pertinentes a aquellos Comercios adheridos: Expendedores de Combustible, que incumplan con la presente Ordenanza, a través de la autoridad de aplicación correspondiente.
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