Según el matutino, el decreto vio la luz cuando funcionarios de la administración actual fueron a tratar de establecer pautas para un nuevo comodato con los institutos que habían sido desalojados.
En el principio de las negociaciones, destaca El Debate, se advirtió desde la órbita provincial que ya existía documentación referida a un comodato firmado por el Municipio y la Provincia, y que luego se conocerían más detalles, principalmente, la duración del mismo: 50 años.
En este sentido, el diario local destaca que en el artículo 1º del Decreto 436/15 se señala:
“Apruébase el contrato de COMODATO respecto del uso del Edificio del Complejo Educativo denominado “Héctor y Sara Salas de Berisso” –propiedad del Municipio-, sito en calle Corrientes y 1º de Mayo de ésta ciudad; manzana Nº 383, Plano de mensura Nº 12227, partida provincial Nº1532 –subsuelo, Primero, Segundo y Tercer Piso, exceptuándose las Oficinas de la Planta Baja; de las cuales el Comodante sólo cede el uso compartido del salón de usos Múltiples; celebrado entre la Municipalidad de Gualeguay, representada por el Sr. Presidente Municipal Dr. Luis A. Erro y la Universidad Autónoma de Entre Ríos, representada por su Rector, Bioingeniero Aníbal Sattler; siendo ocupado dicho Complejo en forma permanente por la Sede Gualeguay -Facultad de Ciencias de la Vida y la Salud- Universidad Autónoma de Entre Ríos; para el dictado de las carreras del Profesorado en Educación Física y/o las carreras que se acuerden; autorizándose al Comodatario a realizar Reformas, Construcciones y Remodelaciones conforme Ley Nacional Nº 24314 –Decreto Reglamentario Nº 914/97 – Modificaciones, Higiene y Seguridad; conviniéndose el pago del Consumo de Energía Eléctrica, Teléfono, Internet, gas y todo otro servicio, eventuales Impuestos y/o Tasas Municipales, Nacionales; con entrega de comprobantes a mes vencido; Rescisión; Forma, Mejoras, Devolución, Responsabilidad, Seguros, Personal de Maestranza y Mantenimiento y demás alcances que se explicitan en las cláusulas consignadas en el mismo; lo que se da aquí por reproducido, en todas sus partes…”.
Del mismo modo, El Debate destaca que en la cláusula décima se expresa que el presente contrato de comodato no implica contrato de locación y reviste el carácter de comodato simple, que su duración se pacta en 50 (cincuenta) años y que se renovará automáticamente salvo indicación contraria de alguna de las partes.
Interrogantes
A partir de lo expuesto, el artículo del matutino resalta varios interrogantes que, en este caso, también se lo hacen las autoridades actuales: Por qué tanto tiempo de comodato por qué prácticamente todo el edificio para una sola institución, por qué a tan pocos meses de dejar su gestión.
Por último, la nota del El Debate Pregón plantea que, “no obstante el expediente administrativo y el Decreto de referencia, hoy las nuevas autoridades municipales y las comunidades del Instituto Luis F. Leloir y de la Escuela de Artes Visuales se plantean la posibilidad de revisar el comodato y, de ese modo, tener la certeza que se pueda dar el regreso de las mencionadas instituciones al Complejo Educativo.
Gualeguay21

2 septiembre, 2026 12:55 am/
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