Impulsan la Marca Entre Ríos

En tal sentido presentó un proyecto de ley que tomó estado parlamentario en la sesión del jueves pasado, donde fue girado para su tratamiento y debate a las comisiones de Legislación General y de Producción bajo el expediente 11.555.

La iniciativa apunta a la creación del mencionado programa en el ámbito de la provincia, que pone el énfasis en el desarrollo de las PyMEs entrerrianas beneficiándolas con el fomento, la promoción y la estimulación en la producción de bienes y servicios con mayor valor agregado, impulsando el crecimiento de las exportaciones con la colocación de productos calificados por su designación de origen.

También, busca favorecer el proceso de inversión industrial, con énfasis en la creación y el desarrollo de las PyMEs, además de propender a la revalorización del territorio, para generar la promoción directa o indirecta de inversiones.

La “Marca Entre Ríos” será propiedad del Estado Provincial y estará administrada por la autoridad de aplicación, encomendándose al Ejecutivo entrerriano a “realizar las acciones pertinentes a fin de registrarla en el Instituto Nacional de Propiedad Intelectual, conforme lo dispuesto en la legislación vigente”, según señala el articulado, además de efectuar “gestiones necesarias a efectos de lograr el reconocimiento, en los organismos nacionales vinculados al comercio internacional de bienes y servicios”.

Una vez creada la “Marca Entre Ríos”, el proyecto otorga una serie de beneficios y compromisos tanto para el Estado propietario de la misma como para quienes sean autorizados a usarla, obteniendo incentivos fiscales, franquicias y promoción quienes obtengan el usufructo y recibiendo las acciones pertinentes por parte del gobierno aquellos que no cumplan con los requisitos mínimos que establece la Ley.

Entre esas exigencias figuran (Art. 6°) “a) que el establecimiento elaborador de los bienes se encuentre radicado en la Provincia de Entre Ríos; b) que los bienes producidos posean un nivel mínimo de origen provincial en la integración de materia prima, parte y piezas de producción, de modo que privilegie los eslabones regionales de las cadenas productivas; c) que los bienes fabricados detenten atributos de calidad tal que ameriten el uso de dicha marca”.

Y agrega que “al establecerse los parámetros que se fijen con arreglo a lo dispuesto en los apartados a) y b) de este artículo, la reglamentación de la presente ley deberá contemplar estándares que se consideren apropiados según la especificidad, características y condiciones de cada región sector o rubro industrial de la jurisdicción”.

En el articulado se establece además que “todos los comercios radicados en el territorio provincial deben ubicar los productos adheridos al Programa “Marca Entre Ríos”, para su exhibición o venta, en un lugar privilegiado en góndola siendo, a su vez, desatacados con la leyenda “Prefiera productos entrerrianos. Apoye el trabajo local”.

APF Digital

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