Confirman los procesamientos en la causa de la Espuma

La Cámara de Casación Penal, integrada por los Dres. Marcela Badano, Hugo Perotti y Marcela Davite, finalmente dictó sentencia en la causa por defraudación a la administración pública contra Luis Alberto Erro, Mariano Héctor Dunat, Mariano Emanuel Iturbe, Pablo Daniel Figueroa y Carolina Lorena Caminos.

Cabe recordar que en el marco de las licitaciones realizadas para los Carnavales locales de 2013, el entonces edil Héctor Jaime denunció ante la Justicia serias irregularidades en la licitación y adquisición de espuma nieve.

Según se desprende del expediente, los imputados, funcionarios del Poder Ejecutivo y la mujer de un contratado podrían haber urdido un plan por el cual la última fuese adjudicataria de la licitación dejando afuera, ilegalmente, legítimos empresarios locales.

Visto que el Juez de Instrucción de la causa, el Dr. Sebastián Elal, dispuso el procesamiento de los imputados y elevar la causa a juicio oral y público, la defensa recurrió al Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, el cual, integrado solo por los Dres. Arturo Dumón y Alicia Vivian, revocó lo actuado por Elal y dispuso el sobreseimiento de los imputados.

Ante lo dispuesto por la Cámara de Gualeguaychú, la Fiscalía local recurrió a la Cámara de Casación para que se deje sin efecto el sobreseimiento y se confirme el procesamiento de los involucrados por considerar la medida “arbitraria, autocontradictoria y absurda, en la cual no se consideraron aspectos centrales”.

En su exposición ante este Tribunal, la Dra. Cecilia Goyeneche, Procuradora Adjunta, destacó que “es tal la carencia de fundamentos, que ni siquiera se sabe quién es el tercer vocal, ni siquiera al final cuando se abstiene de firmar”.

En el mismo sentido, Goyeneche resalta que el Dr. Dumón, en su extenso voto, a lo largo del cual recorre indicio por indicio lo dispuesto por Elal, hace uso de “una parcelación del análisis de toda la prueba”, mientras que la Dra. Vivian emite un “voto concurrente, no coincidente”, donde “llega a conclusiones distintas”, considerando que los cargos no configuran una defraudación a la administración pública.

Del mismo modo, Goyeneche repasó ante el Tribunal las instancias argumentales expuestas por la Cámara de Gualeguaychú y, una a una, expuso las arbitrariedades y desprolijidades de lo actuado por éste para terminar confirmando el posible fraude, razón por la cual solicitó “que se lleve a juico lo antes posible”.

De este modo, luego de rescatar lo expuesto por las defensas, el Tribunal argumenta que el tribunal de la Cámara de Gualeguaychú fue constituido de forma irregular y viciada, donde uno de sus vocales no aparece, y que lo resuelto por éste “no puede entenderse de modo alguno como la resolución de un Tribunal”.

Al final de la sentencia, el Tribunal de Casación destaca “que llama la atención el gran descuido de la causa, y las irregularidades que se advierten, dado que se trataba de revisar una resolución que afirmaba que varios imputados, entre ellos funcionarios públicos, habían posiblemente defraudado al Estado”, a la vez que afirma que “el atendimiento de su trámite, de su discusión, independientemente del resultado final al que se arribara, debió ser riguroso y dedicado, lo que en manera alguna ocurrió”.

Por último, sentencia “hacer lugar al Recurso de Casación” interpuesto por la Fiscalía gualeya, dispone la anulación de lo actuado por Gualeguaychú, y manda que “un Tribunal debidamente constituido” continúe el trámite de la causa.

Norman Robson para Gualeguay21

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