Deberes y derechos en pandemia
Los deberes y los derechos, enunciados en leyes, son los que nos facilitan una pacífica convivencia, mientras que, cada vez que se incumple o vulnera alguno, nace una injusticia, que, si no es corregida, genera violencia. De allí la importancia de eso de que “nuestros derechos terminan donde empiezan los derechos de los otros”. Si bien la cuarentena nos ha coartado nuestros derechos a la libertad y a la seguridad, aún impera el estado de derecho, el cual deberá, tarde o temprano, ser restaurado por el Estado.
La libertad y la seguridad son derechos públicos de exclusiva e indelegable responsabilidad del Estado, el cual debe arbitrar la convivencia garantizando la libertad, en tanto y en cuanto no afecte a terceros, e imponer la seguridad de que terceros no afecten a nadie. De ese modo, el Estado se asegura la protección de derechos individuales fundamentales como la vida, la salud, la integridad y el patrimonio, entre tantos otros.
Para garantizarle esta convivencia libre, segura y armónica a los individuos, el Estado debe ordenar todas las relaciones sociales y económicas según un estricto marco de derecho que establezca límites y condiciones: las leyes. Por ejemplo, frente a un crecimiento de los delitos contra las personas o contra la propiedad, solo el Estado puede actuar, haciendo uso de la Justicia y sus fuerzas de seguridad, para proteger a todos los individuos. Tan así es que está prohibida la justicia por mano propia. Del mismo modo, para proteger la vida, el Estado obliga al uso de casco en motociclistas, y, ante un probado riesgo, obliga al uso de casco y chaleco antibalas en posibles víctimas de un atentado.
Ahora bien, en un escenario de pandemia, con un virus desconocido y de alta agresividad, estos derechos públicos pueden verse comprometidos, ya que, inicialmente, el Estado, en su afán de defender su comunidad, debe hacer a un lado el estado de derecho e imponer un ordenamiento de la convivencia que proteja a todos y cada uno de los individuos. Así debe hacerlo hasta tanto pueda conocer las dimensiones de la situación.
Una vez bien conocida la situación, y tomados los recaudos pertinentes, el Estado debe ir restituyendo los derechos públicos en el marco de un nuevo ordenamiento de seguridad sanitaria que garantice todos los derechos individuales sin arriesgar la integridad general. Dicho de otra forma, el Estado debe ir liberando la convivencia según vaya asegurándose de que se puedan evitar los contagios. Esto significa que el Estado debe asegurarse de que todas las vías de contagio entre los individuos en la convivencia pública deben estar cortadas.
Para esto, en todos los espacios públicos, sean de tránsito, esparcimiento, comercio, deporte, trabajo, educación, etcétera, el Estado, aplicando y controlando protocolos específicos, debe asegurarse que los individuos no se contagien. Por ejemplo, al ingresar a los espacios compartidos como los de trabajo, de la escuela, de la oficina, del almacén, del gimnasio, del transporte, o de la confitería, deben regir prácticas que impidan cualquier transmisión del virus, tanto entre las personas como entre las mercaderías.
En otras palabras, si cuando cualquier individuo, sea trabajador, alumno, cliente o empleado, ingresa al sector público y compartido, lo hace con barbijo y habiéndose higienizado las manos con alcohol, y cuando se ingresan a ese ámbito las mercaderías, sean cuales sean, se las desinfecta correctamente, se evitarán contagios, y los que ocurran solo serán por accidente y no por negligencia.
Solo con un Estado imponiendo este marco sanitario, y no dejando la sanidad en manos de la responsabilidad individual, la sociedad podrá recuperar sus derechos a la libertad y a la seguridad, sin sacrificar su derecho a la vida y a la salud, en una nueva realidad de nuevas costumbres.
Norman Robson para Gualeguay21