15 mayo, 2025 10:59 pm
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Desarticularon multitudinaria megafiesta clandestina

En la madrugada del pasado domingo, personal policial y municipal intervinieron y suspendieron una multitudinaria fiesta ilegal que se llevaba a cabo en la zona de chacras. Los cálculos hablan de más de 300 vehículos y unos 2 mil jóvenes, que no sufrirán consecuencias de algún tipo, a diferencia de lo que ocurre en otras partes del país. Qué dice el artículo 205 del Código Penal Argentino.

BLANCO-NEGRO

De acuerdo a la información oficial, a las 4:30 horas del domingo, personal de Comisaria Segunda, que se encontraba de recorrida por calle 118, detecta en una chacra, gran cantidad de autos estacionados en doble fila alrededor de la misma, música a todo volumen, y una gran cantidad de gente allí reunida. Al intervenir, fueron recibidos por el “responsable” del lugar, de 19 años, quien reconoció haber organizado la fiesta pero “entre pocos amigos”, y explicó que “en un momento dado, comenzó a llegar gente de todas partes”.

Frente a esta situación, los efectivos policiales le instruyen que suspendiera la misma, pero, al ignorar la autoridad policial y hacer caso omiso de lo instruido, solicitaron el apoyo de otros móviles policiales y la presencia de personal de tránsito, ya que se encontraban ante una clara infracción a los DNUs Nº 260/20, 297/20, Decreto 784/20 y rectificado en ordenanza Nº 3015/20.

Si bien solo se registraron las patentes de 33 autos, de acuerdo a imágenes trascendidas y cálculos de testigos del operativo, la cantidad de vehículos estacionados afuera y dentro de la chacra superaría los 300, mientras que se estima que, en la fiesta, habría habido unos dos mil jóvenes.

Consecuencias y el artículo 205

Si bien los municipales labraron sendas actas de infracción, y la Policía confeccionó su parte informativo, su acta de constatación, a la vez que se tomaron fotos y videos, lo cierto es que no se realizó ningún test de alcoholemia, ni se secuestró ningún vehículo, y la historia demuestra que no hay consecuencias reales para quienes violan la ley, ya que el Juzgado Federal del que depende Gualeguay, el de Victoria, así lo ordena, a diferencia de lo que ocurre en otros lugares del país.

Prueba de esto es que, en las ciudades de la costa del río Uruguay, a pocos kilómetros de esta ciudad pero bajo la jurisdicción de otro Juzgado Federal, la Policía realiza detenciones de, por lo menos, 24 horas, y las actas resultan en medidas concretas en forma de multas.

Por último, vale recordar que el artículo 205 del Código Penal de la República Argentina afirma que “será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia”, a la vez que vale señalar que organizar y participar de éstas fiestas, prohibidas por decretos presidenciales y provinciales, y realizadas sin ningún tipo de protocolos, alienta el contagio de coronavirus.

Norman Robson para Gualeguay21