Segun informaron del Instituto, causó sorpresa el amparo recibido el pasado viernes en Iosper, en el que la Justicia de Gualeguay intima a realizar la cobertura integral de la internación de una mujer afiliada a otra obra social.
Según señalaron, el esposo de ésta mujer trabaja, desde 2019, como empleado estatal, en esta ciudad. Por esa razón, afilió a sus hijos, pero no a la mujer, quien tiene sus aportes registrados, hasta julio de 2020 en la Obra Social de Empleados de Comercio, Osecac.
A pesar de esto, la medida cautelar de la Justicia de Gualeguay obliga al Iosper a brindar cobertura por parto, honorarios de los profesionales intervinientes, pruebas y laboratorios que se realicen al recién nacido, además de todas las prestaciones que se requieran para garantizar la vida de la madre y el bebé.
Frente a esta situacion, desde Iosper explicaron que “es absurdo e inconcebible que se obligue a la obra social a brindar cobertura a una persona que no es afiliada”, a la vez que consideraron que “se trata de abuso de autoridad en todos sus términos”, y adelantaron que “la obra social tomará las acciones pertinentes en su defensa”.
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