14 mayo, 2025 11:41 pm
Rectángulo Image

La Justicia rechazó amparo al ex tesorero

Días pasados, la Jueza María Angélica Pivas resolvió no hacer lugar en la causa “Carballo Silvio Oscar c/Concejo Deliberante de la ciudad de Gualeguay – Acción de Amparo y Ejecución” dictando cátedra sobre aspectos inherentes al Concejo Deliberante.

BLANCO-NEGRO

Cabe recordar que Carballo, quien fuera Tesorero de la Municipalidad local, asistido por el Dr Pedro Taffarel, presentó esa medida ante el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay pretendiendo se declare nulo el Acuerdo sancionado por el Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria del 18 de enero se 2019, en el cual se lo removió del cargo.

En su pedido, Carballo recuerda que en noviembre de 2018, el DEM elevó tal Acuerdo al Concejo, y que, luego de un intento frustrado por falta de quórum, se aprobó el mismo de modo ilegal y lesionando groseramente sus derechos, ya que votó quien asumió la presidencia porque no tenían mayoría absoluta..

El ex funcionario argumentó en su pedido, recurriendo a una extensa serie de tecnicismos, que no alcanzaba la mayoría absoluta para promulgar el acuerdo según exige la ley, y que, como estaba ausente el presidente del cuerpo, al asumir la presidencia el vicepresidente 1°, Efraín Martínez Epele, éste no podía votar.

Una vez presentada esta acción ante el Tribunal, el Presidente del Concejo Deliberante, Mauricio Balbuena, patrocinado de forma particular por el Dr Raúl Berisso, se presentó ante los jueces para declarar que días antes ya había advertido al Presidente Municipal su imposibilidad de asistir a la Sesión Extraordinaria, y apoyó el pedido de Carballo afirmando que no se había alcanzado la mayoría absoluta.

A pesar de esto, la Dra Pivas realizó un exhaustivo análisis del caso y entendió que se habían cumplido todos los procedimientos en tiempo y forma de acuerdo a lo establecido por la Ley Orgánica Municipal.

A lo largo de su resolución, demostró que el Presidente del Concejo Deliberante, cargo ejercido por el Vice Intendente, no es parte del Concejo Deliberante, sino del Poder Ejecutivo, a la vez que los vicepresidentes 1° y 2°, reemplazando o no al presidente, nunca pierden su condición de concejal, ni su derecho a voto.

Por todo ésto, la Jueza estimó, con total lógica, que los quórum necesarios son respecto de los once concejales, y, en cuanto a la mayoría absoluta, ésta es más de la mitad, y no la mitad más uno.

De este modo, la Dra Pivas concluyó que el vicepresidente 1° del cuerpo, aunque asuma la presidencia por ausencia del presidente, no pierde su poder de 

voto. Igualmente, de anularse el voto del concejal, no había elementos para anular el acto, y, siendo igual mayoría absoluta, la resolución era totalmente válida.

Con todo esto, la Dra Pivas, con absoluta contundencia, y respaldando sus argumentos con reconocidos precedentes jurídicos, dio por tierra con todos los argumentos de Carballo y Balbuena, y rechazó el pedido de anulación de la medida de remoción del ex tesorero, a la vez que lo mandó a correr con las costas del proceso.

Por último, vale agregar que, aunque Carballo aún puede apelar lo actuado el Tribubal, con esta tajante resolución jurídica no habría más lugar a reclamos por parte del ex funcionario se daría por definida su remoción del cargo.

Gualeguay21