5 octubre, 2024 4:01 am
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La Rural local advirtió sobre aplicaciones


En el marco de la  nueva categorización de los Maquinistas de Pulverizadoras Autopropulsadas y sus auxiliares,  efectuada por la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, la Sociedad Rural Gualeguay importantes aspectos sobre la misma.

En este sentido, recordó que, por medio de estas resoluciones, que tienen plena vigencia, se fija el sueldo básico de un Maquinista de Pulverizadora en $ 32.300, esto es, un 160% por sobre la categoría donde se ubicaban a los trabajadores de este rubro antes de esta normativa, Conductores Tractoristas, con su consiguiente impacto en las cargas sociales.
Debido a ello, se ha generado una dispersión de la tarifa de pulverización entre las empresas prestadoras de servicios habilitadas y que cumplen la normativa laboral, las que han tenido que actualizar el precio de la aplicación, además del habitual ajuste que se acuerda por inflación en cada campaña.
Al respecto, la Rural gualeya manifestó que, más allá de compartir, todos los actores del agro,  lo injusto y desproporcionado de las resoluciones que dan origen a esta suba, la mayoría de los productores han sabido entender y acompañar a los contratistas en esta circunstancia, para seguir contratando servicios en forma legal, y más aún en esta actividad, que hoy es foco de continuos reclamos civiles y penales, con fallos favorables la mayoría de ellos.
En este sentido, la Sociedad Rural le recordó a los productores la importancia de contratar solo empresas habilitadas, verificando que, en el caso de las pulverizaciones terrestres, los maquinistas tengan el debido encuadre laboral, registrados en la categoría que prescribe la normativa,  ya que las consecuencias de la registración irregular de estos trabajadores, además de la exclusión de cobertura de la ART,  recae sobre quien contrata el servicio, el productor, por la responsabilidad solidaria atribuida en el art. 12 de la Ley 26.727.
Al respecto, la Rural entiende que esta cuestión no es tenida en cuenta muchas veces al momento de contratar los servicios, porque se lo asume como cualquier otro laboreo, pero que debería ser una de las principales consideraciones que haga el productor, teniendo en cuenta que hoy en día, a la luz de los últimos fallos judiciales, las consecuencias por infracciones o violaciones a las normas en materia de uso de agroquímicos, a la vez que recordó que recientemente se dictó condena de 1 año y 6 meses de prisión a un productor, a la empresa y al aplicador en Concepción del Uruguay.
Por último, la Rural resumió en 7 puntos lo que todo productor debería tener en cuenta a la hora de realizar sus aplicaciones.
1) que la empresa esté habilitada en la Dirección Gral. de Agricultura de la Pcia. de Entre Ríos
2) que sus máquinas estén registradas ante la misma D.G.A
3) que sus maquinistas posean Carnets de Aplicadores Terrestres vigentes
4) que las empresas cuenten con la inscripción del Asesor Técnico (Ing. Agrónomo)
5) que los maquinistas estén con el debido encuadre laboral (nueva categoría de Maquinista de Pulverizadoras Autopropulsadas)
6) que la empresa cuente con la correspondiente contratación de la ART para esta categoría (Maquinista de Pulverizadora)
7) que se extienda la correspondiente Receta Agronómica; además de todos los requisitos generales que prescribe la normativa laboral y específica de la actividad (BPA).
Gualeguay21

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