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No más de lo mismo


A pesar de las promesas de campaña, de la demanda popular de políticas de tránsito serias y sustentables, y de lo que manda la Ley Nacional de Tránsito, la nueva gestión sigue secuestrando vehículos.

Según fuentes policiales, en el trascurso del último fin de semana, en operativos conjuntos con el área municipal de Tránsito, se secuestraron un total de 18 motos y cinco automóviles.
La reacción de la comunidad a estas medidas se puede palpar en las redes sociales, donde los vecinos plantean que estos operativos tienen lugar en calles céntricas mientras en el Parque Quintana y la Costanera, y en otras arterias periféricas, tienen lugar picadas, willys, a la vez que abundan los escapes libres, unidades semi-desarmadas, y la ausencia de patentes. O bien, en pleno centro, los decibeles de los potentes equipos de audio hacen saltar de la cama a los vecinos.
Muchos también recuerdan haber escuchado a quienes hoy ostentan el poder coincidir en que nada se logrará con operativos puntuales y esporádicos, cuando en el resto de la ciudad, y el resto del día, impera la anarquía y el descontrol del “cada uno hace lo que quiere”. Así como saben de lo aplicado en otras ciudades, ven necesario en nuestra ciudad la implementación de políticas ciertas que tengan lugar las 24 horas, 7 días a la semana.
Por último, quienes se han interiorizado en el tema se refieren a lo que reza la Ley Nacional de Tránsito, a la cual adhiere nuestra Municipalidad, en su artículo 72 del capítulo II, titulado Medidas Cautelares.
En este artículo, la ley dice que la autoridad de comprobación o aplicación, en este caso el Área de Tránsito, debe retener, dando inmediato conocimiento a la autoridad de juzgamiento, los vehículos que:
-No cumplan con las exigencias de seguridad reglamentaria, labrando un acta provisional, la que, salvo en los casos de vehículos afectados al transporte por automotor de pasajeros o carga, presentada dentro de los tres días ante la autoridad competente, acreditando haber subsanado la falta, quedará anulada. El incumplimiento del procedimiento precedente convertirá el acta en definitiva.
La retención durará el tiempo necesario para labrar el acta excepto si el requisito faltante es tal que pone en peligro cierto la seguridad del tránsito o implique inobservancia de las condiciones de ejecución que para los servicios de transporte por automotor de pasajeros o de carga, establece la autoridad competente.
En tales casos la retención durará hasta que se repare el defecto o se regularicen las condiciones de ejecución del servicio indicado.
-Si son conducidos por personas no habilitadas para el tipo de vehículos que conducen, inhabilitadas, con habilitación suspendida o que no cumplan con las edades reglamentarias para cada tipo de vehículo.
En tal caso, luego de labrada el acta, el vehículo podrá ser liberado bajo la conducción de otra persona habilitada, caso contrario el vehículo será removido y remitido a los depósitos que indique la autoridad de comprobación donde será entregado a quienes acrediten su propiedad o tenencia legítima, previo pago de los gastos que haya demandado el traslado.
O sea, de acuerdo a lo que estipula esta ley, la cual es la que rige en nuestra ciudad, luego de labrada el acta de infracción, solo se puede retener el vehículo si la falta es insalvable.
Esto quiere decir que:
-Si es una moto y el conductor no lleva casco, puede hacerse traer el casco.
-Si no lleva consigo el seguro del vehículo, puede hacérselo traer, si es en horario comercial puede hacerlo asegurar y hacerse traer el comprobante, o bien, si es una moto, puede cargarla en un tráiler o camioneta, llevársela, y no conducirla hasta que esté debidamente asegurada.
Si no lleva consigo la documentación del vehículo, puede hacérsela traer.
Si no tiene o fallan las luces, o existe algún otro problema de seguridad, puede solucionarlo en el lugar, o bien, si es una moto, puede cargarla en un tráiler o camioneta, llevársela, y no conducirla hasta que esté debidamente arreglada.
Si el conductor no está habilitado para conducir el vehículo, puede hacer venir a alguien habilitado para que lo conduzca.
Ahora bien, si no puede salvar la falta, el vehículo debe ser retenido y trasladado a depósito.
En todos estos casos, la Ley Nacional de Tránsito contempla serias penas potenciadas según cada reincidencia.
Por lo tanto, si la idea es lograr un orden en el tránsito local, y no es solo recaudar, la gente se pregunta si la gestión actual no debería imponer una política de control constante en todo su territorio, donde ante cualquier violación de las normas vigentes, tanto policías como funcionarios de Tránsito actúen se acuerdo a lo que manda la ley.
De este modo, creen muchos, habría menos picadas, más seguridad, más orden, mejor convivencia, y correríamos menos riesgos de lamentar otra vida.
Ese sería el cambio que pretende la gente. No quieren más de lo mismo. Menos en lo que al tránsito se refiere.
Norman Robson para Gualeguay21

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