9 diciembre, 2024 9:16 am
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Nueva ordenanza de carga y descarga

El pasado 26 de abril , el Concejo Deliberante local promulgó la ordenanza N° 2798/16 orientada a darle una solución a la problemática de la carga y descarga de mercadería en los comercios de la ciudad.

BLANCO-NEGRO

De este modo, el Concejo Deliberante de San Antonio de Gualeguay sancionó con fuerza de ordenanza que:

Art. 1°: determínese cómo zonas de carga y descarga los siguientes lugares:

Zona 1: Denominada como Microcentro que estará circunscripta por las arterias 1° de Mayo; 25 de Mayo; Castares; San Martin y R. E. de San Martin.

Zona 2: Denominada como Centro que estará circunscripta por las arterias Rivadavia, Alfredo Palacio, Centenario, Martin Fierro, San Martin, R. E. de San Martin, 1° de Mayo y Urquiza. En la misma zona se incorpora calle 1° Entrerriano desde Avda. Juan María Gianello hasta Remedios de Escalada de San Martin y calle General Belgrano en toda su extensión.

Zona 3: Denominada Planta Urbana que estará comprendida entre las Avda. Eva Perón; Soberanía; Avda. Juan D. Perón; Avda. Juan María Gianello; Avda. Tratado del Pilar; Bvar. San Juan y Avda. Presidente Illia.

Zona 4: Esta última queda delimitada entre la zona circunscripta en la zona 3 y el ejido municipal; en lo cual no hay restricciones de horarios para la zona que queda fuera de la planta urbana.

Art. 2°: Modificase el art. 1° de la ordenanza 2639/12 el que quedara redactado de la siguiente manera: “Determínese para carga y descarga de mercadería los siguientes horarios por zona:

Zona 1: de lunes a viernes y sábados de mañana, siempre que sean días hábiles para la actividad comercial, el horario es de 07:00 a 09:30 horas y en invierno de tarde el horario es de 14:00 a 16:30 horas, mientras que en verano se extiende el horario de la tarde de 16:00 a 18:00 horas.

Zona 2: de lunes a viernes y sábados de mañana, siempre que sean días hábiles para la actividad comercial, el horario es de 07:00 a 10:00 horas y en invierno de tarde el horario es de 14:00 a 16:30 horas, mientras que en verano se extiende el horario de la tarde de 16:00 a 18:30 horas.

Zona 3: de lunes a viernes y sábados de mañana, siempre que sean días hábiles para la actividad comercial, el horario es de 07:00 a 10:30 horas y en invierno de tarde el horario es de 14:00 a 18:00 horas, mientras que en verano se extiende el horario de la tarde de 16:00 a 19:00 horas.

Zona 4: libre de restricciones de horarios.

Fuera de dicho horario se podrán realizar las operaciones de carga y descarga con pick up o vehículos utilitarios con capacidad no superior a los 800 kilogramos de carga.

Art. 3°: considérese como horario de invierno desde el 2 de marzo hasta el 14 de diciembre de cada una y los mencionados como horarios de verano serán desde el 15 de diciembre hasta el 1 de marzo de cada año.

Gualeguay21

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