Presos sueltos, vicios viejos
En lo que va de la crisis sanitaria, una gran cantidad de presos fueron enviados a cumplir su condena en la comodidad de sus hogares, hecho que enfureció a la sociedad, casi tanto como aquella vez que se enteraron que a Micaela García la había matado un preso liberado. Pero, a pesar del enojo, seguimos sin reconocer los verdaderos vicios del sistema judicial y penal.
A partir de esta controvertida medida, mucho se dice, y mucho se discute, pero, sin lugar a dudas, ésta terminará bien justificada por un sinnúmero de excusas legales y de derechos humanos, tal cual lo hicieron después del crimen de Sebastián Wagner. Ahora bien, más allá de eso, nadie dice nada sobre la realidad judicial y penal provincial, ni sobre los múltiples vicios de éstas, ni de las responsabilidades de cada uno de los poderes.
Repasemos. A partir de un crimen, interviene una fiscalía, la cual investiga y eleva a un tribunal para que juzgue. Ésta celebra el juicio, dicta sentencia y se desentiende de la causa. Incluso antes de que quede firme la sentencia, el condenado ingresa al sistema penal, donde es controlado por un Juzgado de Ejecución de Penas. Cuando logra su libertad, el control pasa al Patronato de Liberados, quien debe acompañarlo en su readaptación. Así debe funcionar el sistema, pero…
Los responsables de todo esto son tres: la Justicia entrerriana y la Justicia Federal, según corresponda, desde la investigación y hasta la sentencia. De ahí en más, la reclusión y la readaptación pasan a manos del Ministerio de Gobierno y Justicia de Entre Ríos, aunque queda en manos de las respectivas justicias la ejecución de la pena.
Ahora bien, más allá de la fantasía de la independencia de poderes, debemos entender que el Poder Ejecutivo es el que le paga todas las cuentas al Poder Judicial, a través del Ministerio de Gobierno y Justicia, lo cual nos lleva a intuir que los jueces del Superior Tribunal hacen lo que quieren en la medida que así lo apruebe el Gobierno. Hete aquí uno de los primeros vicios.
Entonces, de acuerdo a esto, la responsabilidad de la realidad judicial y penal ha recaído, y recae, en el Ministerio de Gobierno y Justicia de Entre Ríos, en las manos de Mauro Urribarri hasta noviembre de 2017, y, desde entonces, en las de Rosario Romero.
¿Qué pasó ahora?
En consonancia con la Nación, la Justicia entrerriana recomendó a los juzgados responsables el otorgamiento de prisiones domiciliarias a internos en grupos de riesgo sea por edad, por problemas de salud o por estar cerca de concluir las condenas. De esa manera, en la provincia se beneficiaron 161 presos, 86 de la Justicia Federal y 75 de la Justicia Provincial.
Mientras se tomaban esas medidas, se produjeron motines en las dos cárceles de Paraná, y en la de Concepción del Uruguay, en reclamo de respuestas a los planteos judiciales realizados, y tomando de ejemplo las prisiones domiciliarias a De Vido, Boudou y otros.
Como las autoridades judiciales entendieron que los presos tenían garantizada una prestación sanitaria y de asistencia médica que evitaría cualquier contagio de coronavirus, igual dispuso las libertades según el avance de las condenas. En otras palabras, aunque no era necesario, procedió igual, y casi a dedo.
Quienes tomaron esta decisión fueron los jueces Carlos Rossi (el mismo que liberó a Wagner) y Cecilia Bértora, por parte de la Justicia entrerriana, y Leandro Ríos y Pablo Seró por la federal.
¿Qué pasó hace tres años?
En 2016, Sebastián Wagner, un violador serial, gracias a la negligente actuación de unos fiscales y un Juez de Penas, quedó libre. Si bien había violado a tres jóvenes, solo estuvo preso cuatro años. Sin ningún control o supervisión por parte del Patronato de Liberados, en Gualeguay secuestró, violó y asesinó a Micaela.
Luego de ese cruento crimen, todos se horrorizaron, se rasgaron las vestiduras y apuntaron contra los múltiples responsables del sistema. Claro, habían descubierto las muchísimas culpas del aparato judicial y penal: fiscalías cómodas, juzgados de penas irresponsables y patronato de liberados ausentes.
Hoy
Tres años después, en medio de una crisis sanitaria sin precedentes, vuelven a desnudarse los mismo vicios del sistema de entonces, y todo parece que volverá a ser olvidado.
En estos tres años nadie hizo nada, ni reclamó que fuera hecho, incluso sabiendo que el sistema penal está colapsado desde hace mucho tiempo, tanto en capacidad como en seguridad y sanidad. Hoy todo siendo como era entonces, antes del crimen de Micaela. Una realidad que no cambiaron ni una ley de género ni un concurso de cargos.
La realidad judicial
En lo que se refiere a los procesos, según el Nuevo Código Procesal Penal de 2013, gracias al cual las fiscalías adoptan un papel preponderante, sino definitorio, nada se ha corregido en los siete años que lleva implementada. Ni siquiera prosperó el proyecto de condicionar los juicios abreviados para los casos de abuso sexual y violencia de género.
Del mismo modo, nada ha cambiado en la resolución de casos en las cámaras, sean de crimen o de casación o apelaciones, donde la tranquilidad con que se toman los tiempos es escalofriante, dilatando innecesariamente los plazos.
Muestra de esto es el caso Micaela. Recordemos que la Fiscalía de Concepción del Uruguay “negoció” una pena de nueve años cuando, por una doble violación, mínimo, le hubiesen correspondido 25. Una pena que el juez de Penas Rossi redujo a cuatro.
El caso de Wagner también es ejemplo en los procesos por el caso Micaela. Si bien la Fiscalía de Gualeguay elevó la causa a juicio en pocos meses, hoy hace más de tres años que Pavón, presunto cómplice, está preso a la espera de un nuevo juicio.
Para completar la realidad penal, están los juzgados de Ejecución de Penas, los cuales, desde marzo del 2000, por la ley 9.246, deben controlar el cumplimiento de las penas, velar por los derechos y garantías constitucionales de los penados, y resolver acerca de cualquier modificación en las condenas, a la vez que deben bregar permanentemente por la reinserción familiar y social de los penados.
Son dos jueces “velando” por 2.500 presos, “controlando” el cumplimiento de sus pena y “preparándolos” para su reinserción social. Más allá de su dudoso interés, su función es más una intención que una realidad.
Por lo tanto, a lo largo de todo el proceso y el encarcelamiento, las Justicia en casi nada cumplen con lo que disponen las leyes, mucho menos con lo que esgrimen en sus discursos.
La realidad penal
La realidad penal, en manos del Ministerio de Gobierno y Justicia, involucra la infraestructura carcelaria, donde se cumplen las condenas, y el Patronato de Liberados, cuando logran su libertad.
Respecto de la infraestructura, las unidades penales de la provincia de Entre Ríos llevan tiempo superpobladas, al grado de hacinamiento, y colapsadas en toda su dimensión, pero los responsables políticos hablan de derechos humanos.
Al respecto, semanas atrás, el titular del Servicio Penitenciario provincial, Marcelo Sánchez, reconoció en el programa “A Quien Corresponda”, por Radio De la Plaza, de Paraná, que, en este momento, hay 2.564 internos en toda la provincia. De estos, por orden de la Justicia provincial, hay internados 1.904 condenados y 179 en prisión preventiva, mientras que por parte de la Justicia Federal, son 229 condenados y 287 con prisión preventiva.
Vale destacar que más del 15 por ciento de la población encarcelada corresponde a presos que no han sido juzgados, pero lo más grave es que esta proporción supera el 50 porciento entre los internos federales, contra apenas el 10 entre los provinciales.
Más allá de las declaraciones de Sánchez, quienes conocen el tema hablan de una saturación del orden del 50 porciento. O sea que deberían haber alojados unos 1.700 presos, más o menos lo que hay juzgado por la justicia provincial.
Como la razón por la cual los penales están superpoblados es que se sentencian más personas de las que liberan, el Gobierno Provincial se ve obligado a construir más cárceles, o a ampliarlas, o bien a liberar los internos antes de lo previsto.
Por supuesto que nadie va a reconocer que alguien le dijo a alguien que había que liberar a alguien para hacer lugar, pero, sin lugar a dudas, de alguna manera deben sobrellevar la situación, y cárceles nuevas no hay muchas.
Por último, tenemos el seguimiento a los liberados. La Ley Nacional 24.660, de 1996, determina que la ejecución de la pena privativa de la libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de respetar y comprender la ley, como así también la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad, que será parte de la rehabilitación mediante el control directo e indirecto.
Al respecto, dicha ley exige la asistencia postpenitenciaria y el patronato de liberados, haciendo hincapié en la búsqueda de la solución de los problemas que puedan ser causa de desorientación, desubicación o desamparo en los casos de libertad condicional o asistida y en todas las demás formas de egreso.
En consonancia con esa ley, la Provincia de Entre Ríos creó la Dirección General del Patronato de Liberados, la cual tiene por misión “contribuir a la reinserción social, familiar, educativa y laboral de todas las personas a las que se les ha otorgado el beneficio jurídico de la libertad condicional y/o asistida, ejecución condicional y suspensión de juicio a prueba”.
De igual modo, esta dependencia también tiene por misión controlar el cumplimiento de las normas de conductas impuestas a dichas personas por los Juzgados Federales o de Ejecución de Penas de la Provincia, e interactuar con todas las dependencias estatales provinciales que en este sentido intervengan.
De acuerdo a lo dispuesto en su creación, esta Dirección General debe llevar un registro para control de las personas alcanzadas con todos los datos de interés para su asistencia, tratamiento y control, y disponer su capacitación y cuidado en favor del cumplimiento de su inserción en la sociedad.
Como se puede apreciar de la realidad, al igual que los juzgados de ejecución de penas, el patronato de liberados difícilmente pueda cumplir con sus responsabilidades, dejando a la vista, nuevamente, el incumplimiento de parte del Estado de las leyes en vigencia.
Un poco de historia
Prueba de lo expuesto es el pasado. En la última década, los gobiernos provinciales no han prestado mucha atención ni a la cuestión judicial, por razones obvias, ni a la cuestión penal, ni en términos administrativos, ni, mucho menos, en términos de inversión.
Por ejemplo, en lo que respecta a la infraestructura carcelaria, en la última década solo se han construido, en 2011, la UP 8 de Federal, de alta seguridad para 30 internos, y la UP 9 de Gualeguaychú, tipo granja, para 260 internos, mientras que, desde el crimen de Micaela, solo se ampliaron los penales de Concordia, para 72 internos más, y de Gualeguay, para 40 más.
Por otro lado, en cuanto al presupuesto destinado al sistema de condenados, éste no ha recibido la misma atención, ni para infraestructura, ni para otros aspectos, a la vez que, desde 2017, la única modificación importante sufrida fue la modificación del Patronato de Liberados en septiembre de 2019.
En otras palabras, el escenario jurídico y penal no ha variado significativamente en casi nada, salvo el nombramiento del director del Patronato de Liberados por concurso y la instrucción al sector público de la Ley Micaela, mientras muchos proyectos prometidos después de aquel crimen quedaron en los cajones.
Conclusiones
Todo lo expuesta demuestra que, desde hace mucho tiempo, a los funcionarios involucrados en esto de liberar presos, o mandarlos a sus casas, lo último que les interesa es la justicia, y lo anteúltimo que les preocupa somos nosotros, los ciudadanos comunes que les pagamos sus onerosos sueldos. Demuestra que los eslabones de la cadena judicial penal están mucho más interesados en preservar la “corporación”, cuidar sus cargos, y, más que nada, conservar el exagerado nivel de ingresos.
En definitiva, que se suelten presos no es ninguna novedad en esta provincia, la novedad puede ser que usen la pandemia como excusa para hacerlo en masa y, así, descomprimir la situación generada por exclusiva culpa del desgobierno, ya que éste no correspondió con el crecimiento de la delincuencia. Las soluciones siempre estuvieron a su alcance, lo que siempre faltó, y sigue faltando, es interés y decisión política en desarrollarlas.
Por ejemplo, con voluntad política, la infraestructura abandonada por el Ejército Argentino en la Provincia podría servir para, con recursos nacionales, adaptarlas como penales y destinar allí los cientos de presos de la Justicia Federal.
Eso, más poner en caja a todos los eslabones de la cadena judicial, tanto fiscalías y cámaras del crimen, como jueces de ejecución de pena, y el propio patronato de liberados, para que trabajen responsablemente en el marco de un plan estratégico penal, ya significaría un cambio rotundo en la realidad carcelaria entrerriana.
Norman Robson para Gualeguay21