26 marzo, 2025 12:34 pm
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Sancionaron ley contra el grooming

El pasado miércoles, el Senado de Entre Ríos sancionó el proyecto de ley por el cual se crea el Programa Provincial de Concientización y Prevención del Grooming, el cual funcionará bajo la órbita del Consejo General de Educación.

BLANCO-NEGRO

El proyecto, con autoría de la Diputada Mariela Tasistro, y que fue abordado en detalle en la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología que preside el Senador Francisco Morchio, busca concientizar sobre el uso de las nuevas tecnologías, preservando los derechos de los niños y detectando los delitos de ciber acoso.

Con ese ánimo, la legislatura de la Provincia de Entre Ríos sancionó con fuerza de ley el siguiente articulado:

Artículo 1º: Créase el “Programa Provincial de Concientización y Prevención del Grooming”, bajo la órbita conjunta del Consejo General de Educación y la Secretaria General y de Relaciones Institucionales.

Artículo 2º: Entiéndase por Grooming: toda acción deliberada y ejecutada mediante la utilización de medios tecnológicos que facilitan la transmisión de datos, con el fin de cometer cualquier delito que menoscabe la integridad sexual del niño, niña y/o adolescente.

Artículo 3º: La presente ley tiene por finalidad concientizar el uso responsable de las nuevas formas de comunicación, prevenir y preservar los Derechos del Niño.

Artículo 4º: Es competencia del Consejo General de Educación de la Provincia de Entre Ríos: 

a) Coordinar e impartir capacitaciones a docentes y personal no docente de Nivel Primario y Secundario, sobre el uso responsable de los medios de comunicación y la problemática del Grooming. 

b) Incluir en la curricula escolar del Sistema Educativo Provincial, talleres con el fin de advertir los peligros del uso indiscriminado de los medios de comunicación. 

c) Brindar contención interdisciplinaria al niño, niña y/o adolescente víctimas del Grooming o ciber-hostigamiento.

d) Fomentar la participación y conocimiento de la temática a los padres y/o tutores en pos de la detección temprana de posibles casos de ciber-acoso hacia sus hijos.

Artículo 5º: Es competencia de la Secretaria General y de Relaciones Institucionales: 

a) Realizar campañas de prevención a través de los medios de comunicación para la concientización e información sobre el Grooming. 

b) Crear una página web de acceso público que brinde información sobre la seguridad informática y asesoramiento legal a los familiares de las víctimas. Asimismo, permita denunciar páginas web y/o perfiles de redes sociales que atenten contra la integridad del menor.

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