Señalan que muchas condenas podrían ser inconstitucionales
A lo largo de la semana que termina, a partir de la resolución judicial del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia reconociendo la inconstitucionalidad de algunos fiscales, cierto escalofrío comenzó a recorrer entre quienes se ocupan de la justicia penal entrerriana.
Pasa que la Dra. Delfina Valeria Geist había denunciado la inconstitucionalidad del Artículo 50 de la Ley Orgánica del Ministerio Público de Entre Ríos, la cual exceptuaba del proceso de designación, previsto en la misma ley, a los fiscales auxiliares.
Cabe recordar que, a partir de la Constitución del 2008, el Consejo de la Magistratura se convirtió en un órgano constitucional a cargo de asesorar al Ejecutivo en los cargos de la Justicia, cumplidos los concursos públicos, lo cual obliga a todos los fiscales, sin excepción, a pasar por ese Consejo, para que se conforme la terna de los tres mejores a elevar, entre los que se elegirá al mejor con acuerdo del Senado.
Esta situación alcanzaría a aquellos fiscales que fueron nombrados interinos o suplentes por la Procuraduría ante una contingencia, y quedaron indefinidamente en el cargo, algunos sin siquiera haber pasado por el correspondiente concurso.
De este modo, según comienzan a temer en la Justicia, todas aquellas causas en las que actuaron fiscales que no pasaron por el Consejo, y que ahora serían inconstitucionales, habrían sufrido procesos irregulares que hoy podrían afectar su legitimidad.
O sea, según interpretan quienes dicen saber, si, desde el 2008 para acá, en una causa actuó un Fiscal que no pasó por la Magistratura y ocupa irregularmente el cargo, el proceso podría ser considerado inválido en cualquier apelación, así como su sentencia, revirtiendo la situación legal de los condenados.
La génesis del tema
Cuando en el 2008 la designación de cargos pasó a ser una cuestión constitucional, el Ministerio Público Fiscal no se adecuó a la nueva realidad y los fiscales designados por resolución de la Procuraduría fueron quedando en off side, especialmente cuando su designación fue por tiempo indefinido y, algunos, sin siquiera haber rendido frente a la Magistratura.
De este modo, según las elucubraciones técnicas jurídicas conocidas, los fiscales suplentes, nombrados porque quienes eran titulares se fueron destinados a otro lugar, o los interinos, porque no había nadie en ese lugar, algunos sin siquiera haber rendido para el cargo, terminaron perpetuándose sin que la Procuraduría dispusiera lo contrario.
Esta situación generó una importante cantidad de fiscales irregulares en los tribunales de la provincia y tiñó la gestión del procurador con sospechas de cooptación para un manejo arbitrario de la Justicia.
A partir de esa realidad, una profesional finalmente decidió formalizar sus quejas denunciando la situación que terminó desencadenando este escenario donde se ponen en tela de juicio muchos de los fiscales que actúan en la Provincia.
Posibles consecuencias
La preocupación por las derivaciones surge de que, si el fiscal actuante fue ilegítimo, así lo fue su desempeño y, por ende, todo lo resultante de este, incluso la misma sentencia y los condenados en ella.
De ser así, se habla de que en un 80 por ciento de los casos los fiscales actuantes no fueron titulares, lo que significaría que tres de cada cuatro condenados resultaron sentenciados a partir de un proceso irregular, lo cual lleva a la Justicia entrerriana a enfrentar una situación más que complicada, con miles de causas comprometidas.
Al traspolar esta situación a la realidad gualeya, confirmamos que, desde el 2008 para acá, en la mayoría de las causas más sonadas actuaron fiscales no avalados por el proceso constitucional, sino que fueron nombrados por la propia Procuraduría, exponiendo a la ilegitimidad gran parte de lo actuado.
De esta manera, de confirmarse una realidad como esta, en los Tribunales locales podrían reverse procesos como el crimen de Micaela y los múltiples delitos contra la administración pública, modificando la situación jurídica de Wagner y Erro.
Incluso, se dice que la ilegitimidad podría alcanzar fallos civiles fundados en sentencias penales, como podría ser, por ejemplo, la controvertida causa del fideicomiso de Ascar o lo que derive de la desaparición de Benvenuto.
De una u otra manera, este tema recalentará las ferias, razón por la cual el Superior Tribunal y la Procuraduría, internas aparte, deberán salir a ponerle paños fríos a la cuestión, pero no solo con palabras, sino con argumentos técnicos válidos que se traduzcan en realidades concretas que garanticen la Justicia.
Norman Robson para Gualeguay21