Barrio 80 Viviendas: Un ejemplo de cómo la Justicia condena inocentes para proteger culpables
En la mañana del pasado 14 de febrero, en los tribunales locales, se celebró el juicio abreviado que dio por terminada la causa del Barrio 80 Viviendas, denunciada ante la justicia por este medio el 3 de marzo de 2016. La denuncia advirtió entonces sobre 25 millones de pesos, recibidos por la Municipalidad en 2013 para construir el barrio, y desviados hacia una entidad ilegítima, sin siquiera personería jurídica, que los gastó sin rendirle cuentas a nadie, y no terminó la obra. En ese momento, la denuncia fue tomada por el entonces Coordinador de Fiscales, entonces esposo de una de las responsables del delito, la causa fue pervertida y desvirtuada, y hoy se terminó condenando a un inocente.
En la mañana del pasado lunes, el Arquitecto Gotusso, reconocido profesional gualeyo, de intachable trayectoria, fue injustamente declarado “autor penalmente responsable de la comisión del delito de “administración infiel agravada por tratarse de un fraude a la administración pública”, y se lo condenó a la pena de 3 años de prisión condicional, inhabilitación perpetua para ejercer como funcionario público, y a cumplir de forma gratuita con 80 horas de asesoramiento a la Municipalidad en materia de obras públicas. El hombre, arrinconado por la Justicia, y viendo lacerado de forma injusta su bien ganado prestigio, no encontró mejor salida que declararse inocente y terminar con el tema.
De acuerdo a la conveniente sentencia de condena, Gotusso, entre abril de 2014 y diciembre de 2015, Gotusso, como responsable técnico del Consorcio de Gestión, junto al contador Silvio Oscar Carballo, se asociaron “con la finalidad de procurarse un lucro indebido para ellos mismos”. De acuerdo a la resolución, éstos “perjudicaron los intereses confiados al hacer que los albañiles contratados para llevar a cabo la edificación de las viviendas, facturen periódicamente las tareas desarrolladas con sobreprecios, apropiándose en forma indebida de la diferencia entre lo efectivamente construido y percibido por los albañiles y lo facturado por éstos”.
El monto total del supuesto perjuicio fue de 4,5 millones de pesos, mucho menos que los 25 millones extraídos de la esfera pública, y menos que el faltante de obra al momento de la entrega.
Según le convino entender a la Justicia, las personas supuestamente damnificadas “facturaban montos exagerados y falaces, distintos a lo realmente percibido por ellas y las tareas y obras realizadas, generándose con ello un resultado económico lesivo provocado dolosamente por Gotusso y Carballo. Las maniobras consistían en que el primero contrataba al personal para la construcción del barrio, les decía que debían darse de alta como monotributistas, y, una vez que los trabajadores tenían sus talonarios de facturas impresos, se las entregaban para completarlos en cada liquidación.
Pero lo cierto de lo ocurrido es que en todo aquel marco de informalidad, las contrataciones de mano de obra se realizaban en la cartera de Desarrollo Social, en manos de Rubattino, y, desde allí, los afortunados eran enviados a la obra para que Gotusso los incorporara al plantel con herramientas incluidas. La única forma de liquidar aquella operación informal fue con monotributos sociales que eran liquidados por la dirección de obra, de forma de oficializar todos los costos. De este modo, los trabajadores no cobraban lo importado en sus facturas.
La verdadera historia denunciada
Antes de que Gualeguay echara mano a la idea del Consorcio de Gestión para construir obras sin el control propio del Estado, y evadiendo el rigor de la ley, el 24 de Junio de 2009 se firmó un Convenio Marco entre el Ministerio de Planificación Federal de la Nación y el Ministerio de Salud y Acción Social de Entre Ríos, el cual tuvo por objetivo el desarrollo del Programa de Viviendas para Pobladores Aborígenes y Rurales en la Provincia con recursos de la Nación. Al año siguiente, el 26 de febrero de 2010, como en el interior rural entrerriano las Juntas de Gobierno no tenían infraestructura administrativa o ejecutiva para obras, por el Decreto 242 se creó la figura de Consorcio de Gestión, el cual supliría esa organización, con las Caritas provinciales como referentes sociales que avalen el correcto alcance del programa.
Para completar el escenario, el 17 de enero de 2013, por la Ley 10197, se crearon el Programa de Desarrollo de la Infraestructura Social de Entre Ríos, PRODISER, y el Fondo para la Infraestructura Social de Entre Ríos, FISER, donde ya no se habla de población indígena y rural, sino de población vulnerable, de escasos recursos y carentes de vivienda digna, mientras que concibe los Consorcios de Gestión integrados por entes públicos, los beneficiarios, y las cooperativas de trabajo.
Con ese marco, el 27 de junio de 2013, la Ordenanza 2695 le permitió a la Municipalidad construir el barrio a través de un Consorcio de Gestión, creado especialmente, que tendría a cargo la contratación de la mano de obra, la compra de materiales, la dirección de obra y demás actos que sean menester para la concreción del proyecto. De ese modo, a la semana siguiente, el 1 de agosto de 2013, se firmó entre el Ministerio de Planificación Federal de la Nación, el Ministerio de Desarrollo Social de Entre Ríos y la Municipalidad de Gualeguay un convenio específico del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento de Hábitat de Pueblos Originarios y Rurales para 80 viviendas nuevas en Gualeguay.
Según este convenio, los destinatarios de la obra serían pobladores de pueblos originarios y rurales, la Nación aportaba el costo de los materiales, la mano de obra y los gastos, la Municipalidad se hacía cargo de las obras complementarias, y la Provincia sería responsable de controlar el cumplimiento. De acuerdo al convenio, el costo del proyecto era de casi 25 millones, los cuales la Nación giraría a la Municipalidad a una cuenta en el Banco Nación en cuatro tramos contra certificación de obra, con un plazo de finalización del proyecto de seis meses. La Municipalidad aprobó todo esto el 12 de agosto de 2013, por el Decreto 827.
Como en ningún lado se mencionaba un Consorcio de Gestión, el 16 de octubre de 2013, por el Decreto 1075, la Municipalidad impuso la utilización de un Consocio de Gestión como administrador y ejecutor del proyecto de las 80 viviendas y, al día siguiente, el 17 de Octubre, se conformó el mismo con Paola Rubattino como presidente, acompañada por otros funcionarios de la gestión, y se abrió una cuenta en el Banco Nación para recibir los fondos. Por último, el 20 de diciembre de 2013, se firmó un convenio entre la Municipalidad y el Consorcio de Gestión por el cual el municipio le transferiría los recursos que reciba y el consorcio los administraría para construir el barrio, y, el mismo día, por el Decreto 1314, se lo aprobó.
Todo esto ocurrió mucho antes de que aparecieran en escena Gotusso, Carballo y los albañiles informales, quienes solo pecaron de ser funcionales inocentes a un fraude al Estado.
Cuando el 25 de noviembre de 2015, un mes después de haber perdido las elecciones, por la Ordenanza 2780, la Gestión Erro adjudicó las 80 viviendas, éstas aún estaban sin terminar y muchos de los materiales adquiridos habían desaparecido. Tan así fue que hubo muchas familias adjudicatarias que tomaron posesión de su vivienda de forma precaria, mientras otras tantas ni siquiera pudieron habitarlas.
El ejemplo más
“La injusta condena de Gotusso, que consolida la impunidad de Luis Erro y Paola Rubattino en el fraude del barrio 80 Viviendas, demuestra el poder de la Justicia para pervertir, desvirtuar y hasta fraguar un proceso de forma de castigar a un inocente para exculpar a los culpables”, sostuvo Norman Robson, director de Gualeguay21.
“El principal autor intelectual de esta operación se llama Dardo Tortul y, después de esto, fue premiado con un nombramiento de juez de cámara en los tribunales de Gualeguay”, agregó, y cerró señalando “la desfachatez” de ese funcionario. “Le dijo, o le mandó a decir, a los inocentes procesados que yo había juntado a los albañiles, a quienes no conozco, para presentarlos como prueba”, recordó.
Esto es apenas un ejemplo de lo que es capaz nuestra Justicia, la cual no tiene escrúpulos a la hora de priorizar sus intereses particulares por sobre sus deberes para con la sociedad, aunque promueva impunidades e injusticias.
Norman Robson para Gualeguay21