26 julio, 2024 8:29 pm
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Cuáles son las prohibiciones a días de las elecciones

El Código Electoral establece los actos prohibidos a días de las elecciones así como los eventos públicos proselitistas. Desde el sábado pasado rige la veda electoral.

Resta poco más de una semana para las elecciones primarias, y en ese marco el Código Electoral Nacional establece cuáles son los actos que se consideran prohibidos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios. Cabe recordar que desde el sábado pasado ya rige la veda electoral, según el artículo 64 del Código Electoral, por lo cual está prohibida “la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno”.

En tanto, durante el acto electoral no se permitirán los espectáculos populares al aire libre, los espectáculos populares en recintos cerrados, las fiestas teatrales y deportivas, toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

A ochenta metros de la mesa receptora de votos está prohibida la realización de reuniones de electores en los domicilios; la utilización de las viviendas como depósito de armas; la apertura de organismos partidarios; la distribución de boletas de sufragios a los electores.

En tanto, en los ocho días antes y hasta tres horas después de finalizado el acto electoral se prohíbe: la publicación en medios de comunicación –sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, Internet u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales y boca de urnas, así como la referencia a sus datos.

Además, 48 horas antes y hasta el cierre del acto electoral está prohibida la realización de actos públicos de proselitismo; la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

Asimismo, está prohibido la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta 3 horas después de finalizado el acto electoral (esto incluye restaurantes, bares, cafés, maxi-kioscos, supermercados, almacenes, vinotecas, etc.).

RecintoNet

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