14 enero, 2025 8:16 pm
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Gualeguay le reclama a Soychú el pago de tasas

Según lo informado por Radio La Voz de Paraná, la empresa avícola local recurrió a la Corte Suprema para que se expida sobre la causa iniciada por la comuna en reclamo del pago de

tasas, pero el recurso fue rechazado.

Hace unos seis años atrás que la Municipalidad de Gualeguay le reclama al frigorífico de aves Soychú una deuda en concepto de Tasa de Higiene y Profilaxis, dice La Voz, sin embargo, la empresa rechazó el planteó y a través de presentaciones judiciales llegó a la Corte Suprema de Justicia, donde los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi y Carmen Argibay rechazaron la medida por improcedente y determinaron que la competencia para resolver el caso son “los tribunales provinciales”.

Según relata la radio paranaense, la Municipalidad de Gualeguay, a través de las resoluciones 089 del 4 de setiembre de 2006 y 027 del 7 de febrero de 2007, dictadas por el Ejecutivo gualeyo, se determinó una deuda en concepto de Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad Municipal, por los años 2004, 2005 y los períodos enero a octubre de 2006, pero la empresa no accedió al pago voluntario de la misma y se presentó ante la Comisión Plenaria y Arbitral del Convenio Multilateral.

Al cabo del correspondiente estudio, asegura La Voz, este organismo consideró que la Municipalidad podía conformar la tasa de Higiene y Profilaxis con hasta el 100% de los ingresos de la firma atribuidos a la provincia de Entre Ríos por el impuesto a los ingresos brutos, toda vez que la empresa no había acreditado que desarrollara actividades en otros municipios entrerrianos, a fin de reducir la base de imposición de la tasa municipal, a la vez que también resaltó que la firma admitió que no interpuso los recursos pertinentes ante la Municipalidad de Gualeguay, sino que acudió directamente ante la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.

“De mantener su postura frente a las determinaciones practicadas por la Municipalidad de Gualeguay la actora deberá ventilar la cuestión ante los tribunales provinciales competentes, por las vías que las normas procesales respectivas dispongan, sin perjuicio de la intervención ulterior de esta Corte en el supuesto de suscitarse una cuestión federal durante su curso”, resolvió la Corte, y declaró “formalmente improcedente” el recurso extraordinario planteado.

Gualeguay21

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