La AFIP definió nuevas condiciones para agroindustrias
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó una cantidad mínima de trabajadores para todas aquellas tareas realizadas en tambos, frigoríficos, desmonte de algodón y molienda de harina.
Ya establecido en 36 rubros, el Indicador Mínimo de Trabajadores (IMT) no sólo estipula un número mínimo de trabajadores requeridos para diversas actividades durante un período determinado, sino también los aportes y contribuciones destinadas al Sistema Único de Seguridad Social.
Mientras que la Resolución 3219/11 establece los indicadores aplicables a las actividades de desmonte de algodón y molienda de trigo, en los que se analizan variables tales como la capacidad de producción de hasta 25 fardos de algodón por hora y los kilogramos procesados por hora; la Resolución 3218/11 fijó la cantidad mínima de trabajadores necesarios para un frigorífico, contemplando las toneladas de carne y el número de cabezas faenadas mensualmente.
Por último, la Resolución General 3220/11 estipula la cantidad de trabajadores que deben emplear los tambos, según la cantidad de vacas y los litros de leche producidos por el establecimiento.
Acceda a los textos completos de las Resoluciones Generales Nº 3218/11 , 3219/11 y 3220/11
CAME