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En respuesta a una cautelar solicitada por el Estado entrerriano, la Justicia provincial resolvió que la Nación no podrá sancionar ni intimar a ENERSA ni a las distribuidoras eléctricas de la provincia por incluir en sus facturas conceptos ajenos al servicio, como las tasas municipales o la denominada Contribución Única. La Provincia argumentó que la resolución vulnera su autonomía fiscal y regulatoria de la provincia y los municipios, ya que esas tasas están establecidas por normas locales y son claves para financiar el alumbrado público y otros servicios.
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