El laboratorio de Electrónica de INTI Córdoba tiene a su cargo la realización de ensayos para la homologación y verificación de todos los cinemómetros portátiles utilizados en el país. En cuanto a los cinemómetros fijos, el personal viaja a todas las provincias excepto a Buenos Aires, distrito que es atendido desde el Parque Tecnológico Miguelete del INTI. El ensayo para garantizar el cumplimiento de la reglamentación vigente es un paso previo obligatorio para que la medición de velocidad tenga validez legal.
Los cinemómetros fijos usualmente miden la velocidad mediante sensores embebidos en la calzada. Los cinemómetros portátiles más comunes utilizan el efecto Doppler, determinan la velocidad en función de la diferencia de frecuencia entre la onda emitida y la reflejada por el móvil o una emisión láser. También hay cinemómetros portátiles láser, que emiten un haz láser y miden el tiempo que demora en retornar el reflejo del mismo desde el móvil, calculan la distancia a la que se encuentra el móvil y en base a la medición de varias distancias sucesivas calculan la velocidad.
La verificación que realiza el INTI consiste en contrastar la indicación del cinemómetro a controlar con la indicación de un instrumento patrón, esto se lleva adelante en un autódromo donde se hace circular un móvil de prueba a distintas velocidades, cubriendo el rango de 30 a 150 km/h. El error de medición del aparato debe ser menor que los límites impuestos por el reglamento (+/-3 km/h hasta 100 km/h y +/-3% de 100 km/h en adelante).
Los cinemómetros de instalación fija son verificados en su lugar de instalación. En todos los casos se verifica también el software instalado en cada equipo y sus componentes físicos, que deben ser coherentes con la aprobación de modelo. Si se determina que el aparato cumple la reglamentación vigente, se aplican precintos para evitar maniobras fraudulentas y se habilita el aparato para operar por un nuevo período de un año.
Para que una multa por exceso de velocidad realizada con cinemómetros o foto-radar tenga validez, la infracción debe haber sido registrada con un equipo verificado por el INTI, según lo indica la Resolución 753/98 de la ex S.I.C.y M. En la multa debe constar fecha, hora y minuto de la medición; Velocidad del vehículo afectado, en km/h; Ubicación geográfica del cinemómetro (calle y número o intersección; o bien ruta, kilómetro y localidad); Velocidad máxima autorizada en el lugar; y datos del cinemómetro: marca, modelo y número de serie, como así también el código de aprobación de modelo.
Si en la multa no aparecen estos datos del equipo, el ciudadano tiene la posibilidad de exigirlo a la autoridad que confeccionó la multa; y si no le fueran proporcionados puede averiguarlo a través del INTI. Esta es la garantía jurídica para el ejercicio del legítimo derecho de defensa del presunto infractor y es análogo a la identificación y firma de la autoridad de control.
Las exigencias para el funcionamiento de los cinemómetros están pautadas en la Ley 19.511 de Metrología, es una normativa nacional y obligatoria en todas las jurisdicciones provinciales y municipales del país, independientemente de que una provincia haya adherido o no a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449. El incumplimiento puede ser denunciado al INTI (Programa de Metrología Legal), o al área de Metrología Legal de la Dirección Nacional de Comercio Interior.
El listado de cinemómetros con verificación vigente se encuentra publicado en la página http://www.inti.gob.ar/metrologia/pdf/cinemometros.pdf.
Contacto: Roberto Muñoz rmunoz@inti.gob.ar

















