Lo que deja la condena por maltratar a un caballo

El pasado viernes se conoció el detalle de la condena dispuesta por el Tribunal local, por primera vez en el país, a una persona por castigar a un caballo en una jineteada. De este modo, no estamos lejos de que el parroquiano de algún bar, excedido en cervezas y poco previsor, sea sorprendido por alguna ambientalista orinando contra un árbol camino a su casa, lo denuncie por atentar contra los derechos de un ser sintiente, y algún juez lo mande preso. Un precedente que abre un nuevo escenario tal vez preocupante.

En una resolución sin precedentes, el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay, Dr. Dardo Oscar Tórtul, homologó el acuerdo de juicio abreviado en el cual Ricardo Ismael Torrilla, so pena de condena efectiva en juicio oral, admitió ser autor material y responsable del delito de “actos de crueldad contra los animales”, en infracción a la Ley Nacional Nº 14.346.

La pena acordada fue de dos meses de prisión condicional y la obligación de “realizar un curso de concientización sobre el respeto y buen trato a los animales” que lo haga entender “que son seres vivos que sienten, que merecen respeto y empatía”. Curso que se desconoce que haya entidad alguna que lo dicte. A la vez, la parte denunciante solicitó que los fiscales se instruyan sobre cómo conducir correctamente este tipo de investigaciones de acuerdo a la normativa.

Es válido señalar que la sentencia y el pedido de la querella podrían fundar una ley como la Ley Micaela, una normativa que establezca la capacitación obligatoria en perspectiva animalista y violencia contra los animales para todos los actores que se vinculen con animales y las autoridades en general.

Respecto del hecho, cabe recordar que el condenado fue grabado en video castigando a rebencazos y con una cadena a un caballo en una jineteada en el Club “Yaguarí” el 18 de diciembre de 2022. Esto motivó que el 6 de julio de 2023, más de seis meses después, fuera denunciado ante la Justicia por la asociación civil Ecoguay. Finalmente, el 12 de agosto de 2024 fue elevada a juicio.

Ahora bien, más allá de las características de este hecho, y del impacto que la medida tiene en la cultura autóctona de nuestra sociedad, lo preocupante es el tenor de la sentencia, la cual abre un incierto marco legal para innumerables actividades y costumbres, ya que el concepto de seres vivos que sienten alcanza al reino animal y al vegetal también, pues está demostrado que las plantas también sienten.

Algunas consideraciones

La milenaria historia universal del caballo, y su estrecho vínculo con la cultura de los pueblos, hacen del animal y su relación con el humano argumentos fundamentales de la identidad de esas comunidades. Por lo tanto, atacar éso es atacar la propia identidad, y pocas cosas debilitan tanto a un pueblo como la pérdida de la misma. Ni hablar cuando ese pueblo está sumido en la pobreza, la exclusión, la deseducación, y la injusticia.

Sin perjuicio de eso, los límites en las distintas prácticas deben estar previstos, a la vez que cualquier exceso debe ser respondido, primero por las propias autoridades y, de no ser suficiente, por la Justicia. De todas maneras, para ésto, debe existir, aparte de la fría ley, un manual de buenas prácticas que establezca aquellos límites en el vínculo doméstico de los seres humanos con los animales utilizados en deportes, espectáculos, etcétera.

Por otro lado, el precedente jurídico de colocar a todos los seres vivos de los reinos animal y, también, vegetal, como seres sintientes y, por ende, como sujetos de derecho, en igualdad con los humanos, puede resultar una exageración, no solo innecesaria, sino, también, peligrosa.

Más allá de la referencia exagerada a un parroquiano preso por orinar un árbol, con el antecedente de que los seres sintientes son sujetos de derecho se abre un escenario de alcances inimaginables.

Con ese criterio, mañana, una horda de fundamentalistas sedientos de nuevas conquistas puede comenzar a denunciar, y jueces ávidos de protagonismo a juzgar y condenar, abusos contra canarios enjaulados, plantas abandonadas en sitios y balcones sin la debida provisión de agua, la faena de vacunos y pollos, la cosecha de soja, maíz, limones y remolachas, o la simple poda estacional de arboles. O abusos laborales de perros lazarillos, caballos de campo, y paraísos que dan sombra.

En otras palabras, la variedad y cantidad de crímenes posibles contra plantas y animales es tan vasta como la imaginación misma. O sea, si castigamos a este paisano, que hacemos con los dueños de frigoríficos y mataderos que matan miles y miles de animales al mes. Porqué ¿Torrilla es un criminal y los demás no? ¿O es que la tradición no nos interesa y el asado sí?

Es más, en este posible escenario, tal vez no tan lejano, no va a ser necesario denunciar a algún enemigo por violencia de género para que la Justicia lo guarde por un buen tiempo, sino que bastará con registrarlo cortando una flor.

Conclusión

Más allá de las exageraciones, esta situación no solo debilita la propia soberanía cultural de la sociedad, en términos de identidad y pertenencia histórica, sino que recrea un nuevo escenario, con una calidad de ambientalistas y magistrados que podrían significar una amenaza para la sociedad.

Norman Robson para Gualeguay21

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