En la actualidad, el estrés laboral no se encuentra incluido dentro del listado de enfermedades profesionales vigente, motivo por el cual no está cubierto por el sistema de riesgos del trabajo.
Por esta razón, los empleados recurren cada vez más a los tribunales para reclamar un resarcimiento por el padecimiento de esta enfermedad.
En este contexto, afirman expertos consultados por iProfesional, crece el número de condenas que recaen tanto sobre las ART como sobre los empleadores.
Y, al ritmo del incremento en las demandas presentadas, aumenta también la preocupación de las compañías aseguradoras y de las empresas. Más aún si se tiene en cuenta que, según la Sociedad de Medicina del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires (SMTBA), el estrés es uno de los riesgos psicosociales que más afecta a los dependientes.
Así las cosas, vale mencionar que también existen otras dolencias recurrentes que padecen los empleados que tampoco son reconocidas -conforme al referido listado- a los fines de una indemnización, en tanto algunas como las hernias, várices y lumbalgias fueron contempladas hace poco tiempo luego de que el Consejo Consultivo Permanente -integrado por empleadores, sindicatos, aseguradoras y el Ministerio de Trabajo- acordara su incorporación.
Entre las excluidas todavía se destaca el estrés laboral, pese a que es tan común en estos tiempos. Sin embargo, como nunca se publicó en el Boletín Oficial dicho acuerdo, las ART no reconoce esta última modificación entendiéndolas como padecimientos resarcibles lo que lleva a incrementar las querellas ante los tribunales del Trabajo.
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16 septiembre, 2026 6:35 am/
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