17 marzo, 2025 2:09 am
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Los Erro atacan la libertad de prensa

Luego se conocerse las sospechas en la millonaria compra de un campo por parte de los Erro, éstos, coherentes con su historia de represión a la prensa, pretendieron, sin resultados, que la Justicia acallara a Gualeguay21.

BLANCO-NEGRO

La investigación sobre la compra de La Susana, por parte del multisospechado ex intendente, su hermano y dos sobrinos, en una operación teñida de ilegalidades e irregularidades que podrían desnudar desde una importante evasión impositiva hasta un millonario lavado de dinero de la corrupción, provocó la furibunda reacción del clan local contra el medio en cuestión.

Al igual que lo hicieron con el fiscal que osó allanarlos por la desaparición de Omar Benvenutto, Ignacio Telenta, persiguiéndolo y denunciándolo falsamente para impedirle acceder al cargo de juez legítimamente obtenido, ahora los Erro pretenden hacer lo mismo con el Director de Gualeguay21, Norman Robson.

Esta vez, Sebastián Erro, en su pretensión de que lo investigado y publicado por ese medio no sea conocido, argumentando que se atentaba contra sus derechos personalísimos, solicitó en el Juzgado Civil local una medida cautelar para obligar a Robson a retirar el artículo del portal.

Como respuesta, el pasado 9 de octubre, el juzgado en cuestión le rechazó a Erro una medida cautelar solicitando se ordene a Robson, director de Gualeguay21, retirar de dicho sitio web la publicación titulada “Surgen nuevas sospechas sobre Luis Erro”.

Según se desprende de la presentación, Erro reclamó que, la nota de Gualeguay21, donde se alude a su persona, contiene “expresiones agraviantes a su respecto, datos falsos y diversas afirmaciones mediante las cuales, interpreta, lo pone en una situación de partícipe directo en hechos de corrupción, vinculándolo concretamente con operaciones inmobiliarias que habrían sido llevadas a cabo conjuntamente con otros miembros de su familia, por importantes sumas de dinero, lo cual implica un daño cierto y actual que justifica la interposición de la presente acción preventiva, sea para evitarlo o para que no continúe produciéndose”.

Cabe señalar que en el artículo periodístico de referencia no se habla de los involucrados, sino que solo se exponen, con la documentación pública que lo prueba, una serie de hechos y antecedentes.

En su respuesta, con carácter de resolución, el Juez Fabián Morahan, en quien recayó la causa, entendió que, en este caso, “se enfrentan dos derechos fundamentales, entre los cuales existe una tensión de no fácil armonización”.

Morahan sostiene que, por un lado, se encuentran los derechos personalísimos, entre los que se encuentra la dignidad de la persona y su honor, protegidos en el artículo 11 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, y otros tratados internacionales con jerarquía constitucional, mientras que por el otro, se encuentra el derecho a la libre expresión y la prohibición de la censura previa, protegido en la Constitución Nacional y, también, por la Convención Americana.

En su decisión, Morahan recordó que tanto los derechos personalísimos como el derecho a la libre expresión e información no son absolutos, sino que, como dispone el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica en la libertad de prensa, su ejercicio abusivo puede generar responsabilidades ulteriores, civiles o penales, en protección de los derechos de los demás.

O sea, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión no puede estar sujeto a censura previa, sino a responsabilidades ulteriores, las cuales deberán ser debidamente denunciadas.

Por todo esto, siendo que la publicación deja dudas sobre que exista una afectación manifiesta, arbitraria y notoria de un derecho personalísimo, Morahan resolvió no hacer lugar al pedido de Erro.

Igualmente, no contento con esto, Erro fue en reclamo a la Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú, Tribunal que deberá expedirse sobre la solicitud, confirmando lo resuelto por Morahan o anulándolo.

Ahora biem, independientemente de lo que se resuelva en la Cámara de la vecina ciudad, como el contenido del artículo que se pretende esconder de la sociedad es central en la denuncia penal realizada por Gualeguay21, simultáneamente con la publicación, la misma forma parte de una denuncia penal que no podrá ocultarse de la sociedad.

Ver la nota…

Norman Robson para Gualeguay21

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