La AFIP quiere controlar más los inmuebles

siempre que efectúen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

En este escenario, el Registro de Operaciones Inmobiliarias obligará a brindar esta información a empresas y particulares por cada vez que realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles. La obligación incluye a quienes actúen como intermediarios en la compraventa y locación de inmuebles, percibiendo una comisión o retribución; al cedente con reserva de usufructo; al cónyuge al que corresponda atribuir las rentas provenientes de la locación, arrendamiento, cesión o similares. En el caso de las locaciones, deberán informarse las rentas brutas devengadas por el total de las operaciones que sumen un monto igual o superior a $ 8.000 mensuales, en tanto que los arrendamientos rurales se informarán cuando estos involucren una superficie igual o superior a 30 hectáreas, con prescindencia del monto de rentas brutas que generen dichos contratos.

En tanto, no corresponderá cumplir con la obligación, cuando el inmueble sea objeto de concesiones o derechos de explotación industrial o comercial, se destinen a la realización de eventos, espectáculos, convenciones, conferencias, congresos, ferias o exposiciones; y cuando las locaciones o prestaciones sean efectuadas por servicios de hotelería y playas de estacionamiento, además de las ferias, mercados o similares.

www.rudirudiyasociados.com.ar

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