18 mayo, 2025 6:24 am
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Proponen un servicio asistencial en Puerto Ruiz

Desde el Comité Ciudad UCR acerca ron a nuestra mesa de redacción un proyecto de ordenanza elaborado por su bloque de concejales proponiendo la creación de un Servicio Asistencial en Puerto Ruiz.

Justificación

 

 

 

De acuerdo al proyecto, visto el deficiente estado sanitario que padecen los vecinos de Puerto Ruíz en general y  las familias hacinadas en uno de sus galpones en particular, los reclamos que en tal sentido los propios vecinos nos han manifestado y a través de los medios de comunicación locales, denunciados y puestos a consideración de la opinión pública de Gualeguay, y la inexistencia de un médico clínico generalista que cubra la demanda de dicha población en la sala que allí se encuentra habilitada, se realizan las siguientes consideraciones:

Que dicha sala permanece cerrada los fines de semana y días feriados.

Que ante cualquier urgencia y/o emergencia médica, los vecinos de Puerto Ruíz quedan librados a su propia suerte por parte del Estado Municipal.

Que el Hospital San Antonio de Gualeguay, cuenta como mínimo con 3 (tres) ambulancias que cubren holgadamente la demanda de la ciudad y de todos los distritos del Departamento homónimo, constituyendo la línea telefónica 107 de dicho nosocomio la primera elección de la absoluta mayoría de la población de Gualeguay que no cuenta con cobertura privada, para los llamados de emergencia.

Que los ciudadanos de Puerto Ruíz le generan al municipio genuinos ingresos provenientes de los impuestos de particulares, comercios, alquiler de galpones, cánones a embarcaciones, desembarco de ganado, entre otros, etc.

Que debe ser prioridad de este Honorable Concejo Deliberante velar por el celoso cumplimiento del principio de equidad de la salud en general y por la defensa de la salud pública en particular, terminando con el trato de ciudadanos de segunda categoría al que son sometidos los vecinos de Puerto Ruiz.

Proyecto

Artículo 1°: Designar con carácter de urgente un servicio asistencial permanente a funcionar en la Sala de Salud de Puerto Ruiz, constando el mismo de un médico clínico, servicio de enfermería y de una unidad de traslado de tiempo completo.

Artículo 2°: Cuya modalidad de funcionamiento deberá ser:

Medico Clínico: deberá concurrir para atender la demanda asistencial por lo menos 3 horas al día, los días hábiles.

Servicio de Enfermería: deberá complementarse el servicio actual con una guardia activa para los fines de semana y días feriados.

Artículo 3°: Dispóngase inmediatamente que la ambulancia del Municipio de Gualeguay, pase a prestar servicios de tiempo completo en Puerto Ruíz, disponiéndose para su estacionamiento de un lugar dentro de los galpones Municipales.

Artículo 4º: Impleméntese un sistema de guardias pasivas de choferes para el funcionamiento de dicho servicio de ambulancia.

Artículo 5º: Facúltese al Señor Intendente Municipal a disponer de los medios necesarios a fin de llevar a cabo la presente ordenanza.

Gualeguay21