Los Consejos Evaluadores deberán retener las carpetas presentadas para cada concurso hasta que el listado adquiera carácter definitivo (por cualquier reclamo que pueda surgir sea en primera instancia para el Consejo Evaluador, o en segunda instancia para Jurado de Concursos).
Ver observaciones y Circular completa en enlace:
CIRCULAR Nº 15/12 JCNS
DDE Gualeguay

















