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El CEG explicó la nueva normativa sobre precios

Desde el Centro Económico Gualeguay informaron sobre la Resolución 51- E/2017 de precios transparentes, la cual estará en vigencia a partir de mañana 1 de febrero.

Cabe recordar que en la misma se exige diferenciar claramente el precio de contado del de cuotas y explicitar el costo financiero total.

En este sentido, se especifica que no podrá incluirse el costo de financiación en el precio en un solo pago, de manera tal de igualar el precio de contado con un plan de cuotas presentadas como sin interés. Asimismo, se aclara que se deberá considerar pago al contado: efectivo, débito, crédito en un pago y otros medios de pago electrónicos.

Desde el Centro destacaron que la medida busca evitar que los intereses de financiamiento se trasladen a quienes pagan al contado, transparentando así todos los costos involucrados en los pagos financiados para impulsar la competencia y evitar que los comercios eleven el precio de contado, destacando que se prevé sanciones por incumplimientos de hasta cinco millones de pesos en función de lo establecido por la Ley de Lealtad Comercial N? 22.802 y de la Ley de Defensa del Consumidor N? 24.240, según corresponda.

Esta nueva regla en la economía, advirtieron desde la entidad, tiene como objetivo estimular el consumo y lograr que los consumidores tengan toda la información necesaria para tomar sus decisiones y los comerciantes compitan mejor, con promociones claras y genuinas, y pudiendo dar beneficios a quienes pagan al contado.

Del mismo modo, remarcaron que se les brindaría a los consumidores la posibilidad de analizar, por ejemplo, si les conviene financiarse con la tarjeta de crédito o con un préstamo bancario. Cabe destacar que los planes Ahora 12 y Ahora 18 (que están subsidiados por el Estado) continuarán.

Por otro lado recordaron que la incorporación del costo financiero en el precio provocó que los valores de contado fuesen más altos, ya que, aunque se promociona como venta en cuotas “sin interés”, la operación tiene un costo financiero y una tasa de interés asociada, y quienes realizan compras en un sólo pago (tanto en efectivo, como con débito o crédito) están pagando en parte por una financiación que no están utilizando.

Por último, en cuanto al procedimiento para la aplicación de los requerimientos especificados en la norma, desde el CEG destacaron que se establece que la publicidad del costo financiero total deberá colocarse en una ubicación contigua al resto de las variables informadas, a la vez que advirtieron, también, que a partir de esta medida deberá indicarse precio de contado, cantidad y monto de cada una de las cuotas y el costo financiero total cuando los precios se exhiban financiados, y, además, no podrán incluir en anuncios, publicidades o mensajes, la frase “sin interés” (o cualquier alternativa similar), cuando el costo de la financiación del producto o servicio se traslade al precio de venta al consumidor.

Gualeguay21

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